Suministro Inmediato de Información del IVA

Como ya sabrás, a partir de julio de 2017 será obligatorio presentar los libros registro de IVA por vía electrónica para aquellas empresas que declaran su IVA mensualmente, estas son, aquellas que se hayan acogido o estén inscritas al REDEME, o que facturen más de 6.010.121,04 Euros al año.
Un sujeto pasivo inscrito en el REDEME que no desee aplicar el SII puede renunciar a dicho régimen (REDEME) en un plazo extraordinario que prevé la AEAT aprobar para ejercitar la renuncia durante junio de 2017. Recuerda que la normativa sólo prevé la renuncia al REDEME durante el mes de noviembre del año anterior respecto del año en el que deba producir efectos.
Por tanto, entra en vigor un nuevo sistema de información, Suministro Inmediato de Información (SII), al que habrá que adaptarse. A estos efectos, la AEAT ha indicado que habilitará (ya veremos cómo funciona) desde su sede electrónica un formulario a través del cual suministrar la información exigida.
Entre las novedades a tener en cuenta se encuentra que los datos sobre facturas emitidas deberán ser suministrados en los 4 días (8 transitoriamente durante 2017) siguientes a su expedición, y siempre antes del día 16 del mes siguiente al que se haya realizado la venta.


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